La Justicia exige a ex ANDIS cubrir medicamento para paciente con ELA
La Cámara Federal de San Martín tomó una decisión importante: revocó un fallo de primera instancia y le ordenó al Ministerio de Salud y a la ex Agencia Nacional de Discapacidad que aseguren el 100% de la provisión de un medicamento vital para pacientes con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). Esto es un gran avance, especialmente para quienes enfrentan esta cruel enfermedad.
Los jueces Néstor Barral y Alberto Lugones consideraron que, en situaciones como estas, el derecho a la salud y a la vida debe tener prioridad sobre cualquier traba administrativa. Es un recordatorio de que, ante la salud de una persona, el sistema tiene que actuar de inmediato sin dejar que la burocracia se interponga.
El tribunal hizo lugar a una cautelar y ordenó que se cubra de forma integral el medicamento Riluzol para un paciente diagnosticado con ELA. Esta enfermedad, como saben muchos, es progresiva e irreversible, y cualquier demora en el tratamiento puede agravar la situación del paciente. Los jueces también señalaron que “la dilación en el acceso al tratamiento profundiza el cuadro clínico”.
Además, comentaron que mientras se esperaban decisiones internas, la enfermedad continuaba avanzando. Bajo esta lógica, el tribunal reflexionó que la salud y la vida tienen que ser prioridades indiscutibles.
En el caso estudiado, se mostró que el paciente había presentado la documentación médica necesaria y que tanto el Ministerio de Salud como la ex ANDIS habían sido notificados en octubre de 2025, pero no dieron respuesta. Esta falta de respuesta evidenció que ambos organismos estaban al tanto de la urgencia de la situación.
Exhortan a trámites más simples
El tribunal también centró su atención en la reorganización administrativa que trajo el Decreto 942/2025. Esta modificación centralizó la Agencia Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, buscando que los trámites sean más simples, dinámicos y eficaces. La idea es que no haya más obstáculos por cuestiones burocráticas que afecten el acceso a tratamientos.
Al evaluar los requisitos para establecer la cautelar, los jueces recordaron que cuando se trata de salud, los estándares deben ser menos rigurosos. La recomendación sobre el tratamiento tiene que venir del médico tratante, y la falta de cobertura puede llevar a consecuencias graves, hasta el riesgo de vida del paciente.
Finalmente, la Cámara dejó en claro que el Estado debe garantizar esta cobertura total del medicamento Riluzol, tal como lo haya indicado el médico que asiste al paciente.